
Cómo abrir una empresa en Panamá siendo extranjero: guía 2026
1 de junio de 2026 · 8 min de lectura
Estructuras legales, costos, el proceso paso a paso y la única restricción real que debe conocer antes de empezar.
Panamá no solo es un destino atractivo para comprar bienes raíces: también es, desde hace décadas, una de las jurisdicciones más ágiles de América Latina para constituir y operar una empresa. Un extranjero puede ser dueño al 100% de una sociedad panameña, sin necesidad de socio local, residencia previa ni capital mínimo desembolsado en la mayoría de los casos.
En esta guía explicamos qué estructura legal elegir, cuánto cuesta, cuáles son los pasos del proceso, y una restricción importante que muchos extranjeros desconocen antes de empezar.
1. ¿Pueden los extranjeros ser dueños al 100% de una empresa en Panamá?
Sí, con una excepción relevante. La regla general permite a un extranjero ser propietario completo de una sociedad panameña dedicada a comercio al por mayor, servicios profesionales, consultoría, logística o la mayoría de actividades comerciales e industriales.
La excepción importante: el comercio minorista (venta al detalle) está reservado por ley a ciudadanos panameños. Un extranjero no puede operar un negocio de venta al por menor sin contar con un socio o director panameño en la estructura. Esta restricción no aplica al comercio al por mayor, los servicios o las exportaciones.
Tampoco se necesita residencia ni visa para constituir una sociedad: el proceso puede completarse incluso sin que el inversionista esté físicamente en Panamá durante la constitución, aunque sí se requerirá presencia para ciertos trámites posteriores, como la apertura de cuenta bancaria corporativa.
2. Elegir la estructura legal correcta
- Sociedad Anónima (S.A.): la estructura más utilizada por inversionistas extranjeros. Permite responsabilidad limitada, no exige capital mínimo desembolsado al momento de constituirse, y existe de forma indefinida incluso si cambian sus accionistas o directores.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.): adecuada para negocios de menor escala o empresas familiares. Puede tener entre 2 y 20 socios, con responsabilidad limitada al monto de su aporte, y un capital mínimo generalmente entre $2,000 y $5,000.
- Sucursal de empresa extranjera: si ya cuenta con una empresa constituida en su país de origen, puede registrar una sucursal en Panamá en lugar de crear una entidad completamente nueva.
Para la inmensa mayoría de inversionistas extranjeros que buscan operar, proteger activos o establecer un vehículo de inversión, la Sociedad Anónima sigue siendo la opción más flexible y reconocida internacionalmente.
3. El proceso paso a paso
- Selección del vehículo corporativo y propuesta de tres nombres alternativos para verificar disponibilidad en el Registro Público.
- Redacción del pacto social (estatutos) ante notario, con la asistencia de un abogado panameño.
- Designación del Agente Residente: por ley, toda sociedad panameña debe contar con un abogado o firma legal panameña que actúe como agente residente.
- Inscripción de la sociedad en el Registro Público de Panamá.
- Obtención del Registro Único de Contribuyente (RUC) ante la Dirección General de Ingresos (DGI).
- Si la empresa operará localmente, obtención del Aviso de Operación a través de la plataforma Panamá Emprende del Ministerio de Comercio e Industrias.
- Apertura de cuenta bancaria corporativa, paso que generalmente sí requiere presencia física o gestión más detallada por temas de cumplimiento bancario.
El proceso completo, cuando la documentación está en orden, suele completarse entre 3 y 7 días hábiles.
4. El Aviso de Operación: el único permiso que necesita la mayoría de negocios
Desde la creación del sistema Panamá Emprende (Ley 5 de 2007), Panamá simplificó drásticamente el proceso de habilitación comercial. El Aviso de Operación, gestionado en línea desde cualquier parte del mundo, reemplaza la mayoría de los trámites de licencia comercial que antes requerían múltiples ventanillas. Es, en la práctica, el único paso adicional que necesita la mayoría de negocios para iniciar actividad formal en el país, más allá de la constitución de la sociedad.
5. Costos a presupuestar
- Constitución inicial: una Sociedad Anónima gestionada por una firma legal suele costar entre $1,500 y $2,500, incluyendo honorarios de abogado, tasas de Registro Público y gastos notariales.
- Tasa Única Anual: $300 al Registro Público para mantener la vigencia de la sociedad; el no pago genera recargos crecientes.
- Honorarios del Agente Residente: obligatorios por ley, generalmente entre $300 y $800 anuales a partir del segundo año.
- Aviso de Operación: tasa base de aproximadamente $55 a través de Panamá Emprende, aunque el Impuesto de Aviso de Operación anual equivale a 2% del capital neto de la empresa, con un mínimo de $100.
- Gastos fijos anuales mínimos: para una empresa pequeña, prevea entre $1,500 y $3,000 anuales considerando tasa única, agente residente y contabilidad básica.
6. El sistema tributario territorial: una ventaja estructural
Panamá opera bajo un sistema de renta territorial: solo se gravan los ingresos generados dentro del territorio panameño. Los ingresos que una empresa panameña genere fuera del país —por ejemplo, servicios de consultoría prestados a clientes internacionales, o comercio que no involucre transacciones locales— no están sujetos a impuesto sobre la renta en Panamá, independientemente de si esos fondos se remiten o no al país.
Esta característica, combinada con la ausencia de control cambiario y la dolarización, explica por qué tantas empresas de logística, comercio internacional y servicios digitales eligen constituirse en Panamá como plataforma de operación regional.
Preguntas frecuentes
¿Necesito un permiso de trabajo para ser dueño de un negocio en Panamá?
No, para ser propietario e inversionista del negocio no se requiere permiso de trabajo. Solo se necesita si usted planea trabajar activamente y de forma remunerada dentro de la empresa.
¿Puedo abrir un negocio de venta al por menor como extranjero?
No de forma directa. El comercio minorista está reservado por ley a ciudadanos panameños. Se requeriría un socio o director panameño en la estructura para operar este tipo de negocio.
¿Debo estar físicamente en Panamá para constituir mi empresa?
No es obligatorio para la constitución misma; el proceso puede gestionarse mediante poder notarial. Sin embargo, sí es recomendable estar presente, o al menos coordinar de cerca, para la apertura de la cuenta bancaria corporativa.
¿Cuánto tiempo toma tener mi empresa completamente operativa?
La constitución legal suele completarse en 3 a 7 días hábiles. La apertura de cuenta bancaria corporativa puede añadir tiempo adicional dependiendo del banco y la complejidad de la verificación de origen de fondos.
¿Pagaré impuestos en Panamá sobre ingresos que genero fuera del país?
No, gracias al sistema de renta territorial. Solo los ingresos generados dentro de Panamá están sujetos a impuesto sobre la renta local.
Conclusión
Panamá combina velocidad de constitución, propiedad extranjera sin restricciones (salvo el comercio minorista), y un sistema tributario territorial que pocas jurisdicciones de la región pueden igualar. Para un inversionista que ya está evaluando bienes raíces en el país, constituir una sociedad panameña suele ser un paso natural y complementario, tanto para estructurar la propiedad de sus activos como para eventualmente operar un negocio desde la misma plataforma.
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